Manolo Osuna
Tras diez años de actividad como sala tanatorio, el último Pleno de la Corporación celebrado el pasado mes de enero, acordó revocar la licencia otorgada por la alcaldía el 28 de marzo de 2001
Con los votos a favor de todos los grupos de la corporación municipal, el pasado mes enero se aprobó la revocación de la licencia municipal -que se le concedió por la alcaldía- a favor de Antonio Jesús Sobrados Pareja el 28 de marzo de 2001, para la actividad de pompas fúnebres, agente de seguros y salón velador en la calle Amargura de Priego.
Han trascurrido diez años desde la fecha, hasta que ahora, tras la votación de dicho acuerdo, la empresa fúnebre deberá dejar de ejercer su actividad, según el informe del secretario, por no adaptarse a la nueva normativa de Policía Sanitaria Mortuoria que entró en vigor pocos días después de que se le otorgara la licencia de actividad.
La nueva normativa concedía dos años para la adaptación de las empresas que no cumpliesen los requisitos necesarios para la actividad, y visto que no se adaptó en el plazo dado, es por lo que ahora se le revoca la licencia de actividad por parte del ayuntamiento, sin la cual es ilegal ejercer la profesión.
En concreto, el órgano preguntado, el Consejo Consultivo de Andalucía manifiesta en su escrito, que acordaba mantener la revisión del oficio de la licencia de la actividad de tanatorio por ilegalidad sobrevenida de la misma, al no poder cumplir con los requisitos exigidos a los tanatorios por el artículo 33 del decreto 95/2001, por el que se aprueba el reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, que establece entre otras condiciones, que los tanatorios deben ubicarse en edificios aislados, de uso exclusivo, circunstancia que no puede cumplir la actual ubicación del edificio en la calle Amargura, entre medianerías y no de uso exclusivo para tanatorio, habiéndose transcurrido en exceso el plazo de dos años concedido por dicho decreto.
La parte interesada deberá de dejar de ejercer la actividad como tanatorio en la calle Amargura, desde el mismo momento que se le notifique la resolución, si bien sí podrá ejercer la actividad como agente de seguros, también incluida en la licencia ordinariamente concedida.
ADARVE ha pedido la opinión del acuerdo a la empresa afectada, agradeciendo ésta la oportunidad que se le brinda para poder expresarse, pero según nos han comunicado, al estar aún en estudio la resolución tomada por el Pleno de la Corporación, por parte de sus abogados, prefieren no hacer declaraciones de ningún tipo.
De igual modo, también hemos solicitado la opinión de la otra empresa fúnebre de la ciudad, en concreto Funeraria y Tanatorio Luis Sobrados, la cual ha manifestado que, “nosotros no queremos el mal para nadie, solo queremos que las leyes sean igual para todos y si nosotros tenemos que cumplir los requisitos que exige la ley, creemos que es de justicia que la cumplan todos por igual”. De igual modo añadía el representante de la empresa fúnebre Luis Sobrados, “han tenido dos años para adaptarse a la ley y no solo no lo han hecho, sino que han ejercido la actividad ilegalmente durante ocho años, en los cuales nosotros, podríamos haber ejercido acciones legales y no lo hicimos, solo hemos solicitado a los diferentes responsables políticos que se cumpliera la ley, que podrían estar incurriendo en un presunto delito de prevaricación, y tras ocho años de espera, ahora por fin se ha tomado la decisión que se tendría que haber tomado ocho años atrás”.
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